Licencias de armas

  • Armas deportivas.
  • Caza mayor y caza menor.
  • Visado de edad para licencia de armas.
  • Armas personal de seguridad privada.

Es una prueba de aptitud psicofísica donde se evalúan tanto aspectos físicos, por parte de un facultativo médico, como psíquicos, por parte de un facultativo psicólogo, enfocadas a la tenencia y el uso de armas.

Existen diferentes tipos de licencia según el arma, y cada una de ellas tendrá un plazo de vigencia y unos requisitos.

Licencia de armas tipo B. (H4)

Se concede de manera restrictiva y habilita la tenencia y uso de revólveres y pistolas.

La vigencia de esta licencia es de 3 años.

Para más información pincha aquí. https://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/licencias_armas/licenciaarmasb.html

Licencia de armas tipo C. (H4)

Esta licencia se concede a; vigilantes de seguridad, escoltas de empresas privadas, vigilantes de explosivos y a los guardas rurales.

La vigencia de las licencias estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento.

Para más información pincha aquí.

https://www.guardiacivil.es/es/servicios/seguridadprivada/armasseguprivada/licenciaarmasc.html

Licencia de armas tipo D. (H4)

Está licencia se otorga para armas largas rayadas para caza mayor.

La vigencia de esta licencia es de 5 años.

Para más información pincha aquí.

https://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/licencias_armas/licenciaarmasd.html

Licencia de armas tipo E. (H4)

Está licencia se concede para armas de tiro deportivo y escopetas de caza.

La vigencia de esta licencia es de 5 años.

Para más información pincha aquí.

https://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/licencias_armas/licenciaarmase.html

Licencia de armas tipo F. (H4)

Esta licencia se concede para armas de uso en campos, galerías y polígonos de tiro.

La vigencia de esta licencia es de 3 años.

Para más información pincha aquí.

https://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/licencias_armas/licenciaarmasf.html

Autorización Especial de Armas. (H4)

Esta licencia se concede para el uso y la tenencia de armas de avancarga y demás armas históricas, sus reproducciones y asimiladas, así como las de sistemas “Flobert”

La vigencia de esta licencia es de 5 años.

Para más información pincha aquí.

https://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/autorizaci_especial/index.html

 

Documentación necesaria:

  •  DNI
  •  Último informe de médico especialista, o MAP, en caso de sufrir alguna patología significativa: diabetes, apnea, cardiopatía, neuropatía…